Derecho de reclamación y garantía
Si compra en SODEMANN INDUSTRIFJEDRE A/S en tanto que cliente particular o corporativo, gozará del derecho de reclamación habitual establecido de 2 años para quejarse si el producto presenta algún problema. SODEMANN INDUSTRIFJEDRE A/S no le ofrece ninguna garantía adicional porque en tanto que cliente de SODEMANN INDUSTRIFJEDRE A/S, ya está cubierto por el derecho de reclamación habitual de 2 años. A menudo, para los clientes resulta difícil distinguir el derecho de reclamación habitual de 2 años y una garantía. A continuación intentaremos explicar la diferencia entre el derecho de reclamación habitual de 2 años y una garantía.
Si compra en tanto que cliente particular en un país de la UE, dispone de un mínimo de dos años para presentar una reclamación. Los países de la UE pueden decidir individualmente ofrecer el derecho de reclamación durante un plazo superior a dos años, pero en ningún caso inferior. Esto significa que si un producto se rompe debido a un problema que ya presentaba en el mo-mento de ser entregado a un cliente particular, se puede abonar on reembolso a este cliente o repararle o cambiarle el producto, dependiendo de las circunstancias.
En virtud de la ley danesa, los clientes corporativos también disponen de derecho de reclamación durante 2 años. Este derecho de reclamación no está basado en la legislación de la UE, de modo que es posible que en otro país un cliente corporativo no disponga de la misma protección. Al contrario que en las compras de particulares, el cliente corporativo deberá demostrar que el producto era defectuoso en el momento de la entrega.
En el caso de compras de consumidores (clientes particulares), la responsabilidad de demostrar que tiene razón es a la inversa durante los primeros seis meses. En otras palabras: si el cliente es un particular, durante los seis primeros meses será responsabilidad del vendedor demostrar que el producto no presentaba defectos en el momento de la entrega. En cambio, en los 18 meses siguientes será el cliente particular quien deberá demostrar que el producto era defectuoso cuando se lo entregaron.
Si un cliente particular o corporativo descubre un fallo que considera que es responsabilidad del vendedor, el cliente particular o corporativo deberá reclamar al vendedor lo antes posible y en un plazo razonable desde el momento que el cliente particular o corporativo haya descubierto el fallo.
Por tanto, la garantía existe en paralelo al derecho de reclamación, y en general se trata de un servicio más extensivo que el derecho de reclamación establecido. Un vendedor solo ofrece garantía si lo indica explícitamente, indicando con claridad qué cubre dicha garantía. En general la garantía se concreta en una fórmula en la que el vendedor garantiza que el producto tiene ciertas característica específicas y una vida útil mínima si se usa de un modo normal. Como se ha indicado inicialmente, SODEMANN INDUSTRIFJEDRE A/S no ofrece garantía, pero en tanto que cliente particular o corporativo dispone del derecho de reclamación de 2 años habitual.